Uno de los principales instrumentos para prevenir el deterioro ambiental es el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Este instrumento permite introducir la dimensión ambiental en el diseño y la ejecución de los proyectos o las actividades que se realicen en el país. A través de él, se trata de asegurar que las iniciativas, tanto del sector público como del sector privado, sean ambientalmente sustentables y de certificar que ellas cumplan con todos los requisitos ambientales que le sean aplicables.
La Ley N°19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente confirió a la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) la función de administrar el SEIA, de manera que los servicios u organismos del Estado con competencia ambiental evalúan, en un sólo proceso e instancia, la pertinencia de otorgar sus correspondientes permisos o pronunciamientos ambientales sectoriales, respecto de un proyecto o actividad.
Asimismo, la Ley ha establecido que a los organismos del Estado, que en uso de sus facultades legales participan en el SEIA, les corresponde fiscalizar y velar por el permanente cumplimiento de las normas y condiciones sobre las cuales se aprobaron dichos proyectos o actividades. La competencia para decidir en torno a la imposición de algunas de las sanciones que la Ley contempla, se ha entregado a la Dirección Ejecutiva de CONAMA y a las Comisiones Regionales del Medio Ambiente, según corresponda.
El SEIA entra en plena vigencia el 03 de abril de 1997. A 10 años de su aplicación, más de 7.000 proyectos o actividades se han aprobado en el SEIA, lo que ha permitido que el país haya logrado un cambio sustancial en la forma de construir el futuro, al poder prevenir los impactos que pueda generar las inversiones públicas y privadas, o hacer que, cuando se generan impactos adversos, exista una mitigación, compensación o restauración apropiada, y no se comprometa el equilibrio ecosistémico o el de los componentes naturales o artificiales del medio ambiente.
La Ley N°19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente confirió a la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) la función de administrar el SEIA, de manera que los servicios u organismos del Estado con competencia ambiental evalúan, en un sólo proceso e instancia, la pertinencia de otorgar sus correspondientes permisos o pronunciamientos ambientales sectoriales, respecto de un proyecto o actividad.
Asimismo, la Ley ha establecido que a los organismos del Estado, que en uso de sus facultades legales participan en el SEIA, les corresponde fiscalizar y velar por el permanente cumplimiento de las normas y condiciones sobre las cuales se aprobaron dichos proyectos o actividades. La competencia para decidir en torno a la imposición de algunas de las sanciones que la Ley contempla, se ha entregado a la Dirección Ejecutiva de CONAMA y a las Comisiones Regionales del Medio Ambiente, según corresponda.
El SEIA entra en plena vigencia el 03 de abril de 1997. A 10 años de su aplicación, más de 7.000 proyectos o actividades se han aprobado en el SEIA, lo que ha permitido que el país haya logrado un cambio sustancial en la forma de construir el futuro, al poder prevenir los impactos que pueda generar las inversiones públicas y privadas, o hacer que, cuando se generan impactos adversos, exista una mitigación, compensación o restauración apropiada, y no se comprometa el equilibrio ecosistémico o el de los componentes naturales o artificiales del medio ambiente.





